La Universidad privada en Venezuela (I) - Claudio Rama
Articulo publicado en El Nacional, Caracas, Venezuela marzo 2011
El Decreto fue finalmente derogado por el Gobierno que evaluó así claramente el peso de la Iglesia en la educación privada y su capacidad de movilización política. (…) Los enfrentamientos con la Iglesia fueron los más significativos en esa época. Por detrás no era sólo un problema de laicidad y religión. En ese sentido, la tesis opuesta a considerar la educación como función esencial del Estado la sintetizó Rafael Caldera quien para entonces era diputado, al afirmar que “nosotros queremos intervención del Estado en la enseñanza pero no orientación del Estado en la misma. (Rama, Claudio. 2006)
El gobierno militar no alteró el modelo universitario de una educación superior pública de élite que lentamente se fue masificando sobre la base de la gratuidad y de una economía altamente dinámica a través del gasto público como redistribuidor del ingreso petrolero. Con la reinstauración de la democracia y el regreso de alguna de las bases del modelo de Estado Docente y la aprobación de la Ley de Autonomía Universitaria en 1958, el sistema público aumentó su proceso de lenta masificación al tiempo que el sector privado se mantenía como un sector marginal de élites asociado a los crecientes ingresos de las familias.
Tal dinámica universitaria desde los ochenta comenzó a cambiar, asociada a las restricciones de financiamiento, a una mayor orientación hacia la calidad y al continuo aumento de las demandas de acceso. Se aumentaron las restricciones de acceso que por su parte derivó en un incremento del sector privado, tanto sobre la base de un sector de elites, como de absorción de demanda o de ofertas no universitarias de bajo costo. Ello fue la base que permitió el pasaje desde una educación superior de élites a una educación superior de masas en el país, gracias al aporte creciente de la educación privada junto a la pública.
La expansión institucional y de cobertura se dio sobre la base de una relativa autonomía y de una relativa regulación sistémica establecida en la Ley de Universidades de 1970 que establecía que el Consejo Nacional de Universidades era el ámbito que aprobada la creación de programas e instituciones tanto para el sector privado como al sector público.
La dinámica se basaba en una educación gestionada por Asociaciones Civiles o Fundaciones sin fines de lucro que la propia Constitución de 1999, siguiendo la tradición, dispuso también en su Artículo 106 que “Toda persona natural o jurídica, previa demostración de su capacidad, cuando cumpla de manera permanente con los requisitos éticos, académicos, científicos, económicos, de infraestructura y los demás que la ley establezca, puede fundar y mantener instituciones educativas privadas bajo...”.
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